Seguro que muchos empresarios se preguntan: ¿el mero establecimiento de un programa de prevención de delitos en mi empresa la exonera de responsabilidad penal? Sin duda, la respuesta a esta pregunta es NO.
Un programa de prevención de delitos no es sólo un simple conjunto de documentos destinados a constatar la existencia de un sistema Compliance Penal. Es más, las posibilidades de entrada de cualquier riesgo son tan variadas que no se puede afirmar con rotundidad que la implantación de un sistema de prevención delictiva supone la existencia de un riego cero.